Se vienen los incentivos a las plantaciones forestales en Perú. Un paso adelante?

Este último viernes 14 de junio del presente año, durante el el primer y hasta ahora único pleno agrario, se aprobó el Proyecto de Ley (PL) N° 2550, que propone la Ley de Incentivos para la Instalación de Plantaciones Forestales. El PL fue una iniciativa de la Mesa Técnica Forestal Regional de Junín y el señor congresista Federico Pariona Galindo.

La iniciativa legislativa tiene como objetivo impulsar la inversión tanto privada y pública para la instalación de cualquier sistema forestal, tenga este la finalidad de protección o producción maderable. Sin embargo, no queda claro si la Ley podrá también promover las plantaciones de bambú, para producción de látex u otros.

Sin duda alguna, lo prometedor es la apertura de un Fondo Forestal constituido con aportes públicos y privados, teniendo estos últimos la posibilidad de deducirlo como gasto de la empresas hasta en un 10% del impuesto a la renta. Algo que el reglamento deberá puntualizar, es el modelo a utilizar, es decir, se tendrá una cantidad de hectáreas que alcanzar por año o será hasta que el presupuesto del fondo alcance el límite, tendrá socios estratégicos, etc.

Comentarios en las redes sociales indican que 1) el incentivo a las plantaciones puede ser un incentivo perverso para aumentar la deforestación, 2) instalar palma aceitera o 3) ceder en uso o concesionar a terceros áreas de comunidades nativas no titulados aún.

Respondiendo a cada una de ellas, creo que 1) si bien la deforestación de bosques primarios o secundarios está prohibida para la instalación de cualquier cultivo, podrían integrarse al procedimiento de aprobación de incentivos, herramientas de monitorio de la deforestación ya desarrollados y actualmente funcionando, 2) la Ley aprobada indica expresamente que no se entiende como plantación forestal a los cultivos agroindustriales ni agroenergéticos y 3) se debe analizar y precisar cómo se daría esta figura, si son concesiones para reforestación, que hasta el momento no han tenido éxito o cesión en uso de pequeños agricultores que manejan sistemas agroforestales.

Como aspectos positivos, vemos que la Ley nace con la disposición de que los sistemas forestales instalados provengan de plantones de «viveros certificados», situación que hasta el momento no se tiene pero que debería ser el empujón que se requiere para la puesta en marcha del nuevo Reglamento de Semillas Forestales y todo su sistema. Finalmente, la Ley hace énfasis en que la conducción y ejecución técnica estará a cargo de un Ing. Forestal registrado en el SERFOR, entendiendo a este último como un Regente Forestal con especialización en Plantaciones Forestales.

En mi opinión creo que está nueva Ley suma, quizás como primer paso para ir generando la tan ansiada industria forestal sostenible, nuevos puestos de trabajo en zonas rurales, apoyar en la transición del Perú hacia un desarrollo bajo en emisiones que permitiría al país cumplir sus compromisos de Contribuciones Climáticas (NDC).

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